Por Eduardo Torreblanca Jaques/Universo Pyme
Hoy la autoridad fiscal es más eficiente pero eso no garantiza que las relaciones con los contribuyentes sean más tersas. En el caso de las Pymes posiblemente la relación entre las partes sea más ríspida hoy de lo que era hace seis años.
Medido a través de la numeralia de la PRODECON, la Procuraduría de Defensa del Contribuyente estos son los cinco principales conflictos entre el SAT y las Pymes del país.
UNO: LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS.
La negativa a devolver impuestos al que tenga una Pyme es la principal razón de conflictos entre las partes y por mucho.
La PRODECON afirma que el aparato administrativo de fiscalización ha endurecido sus funciones a partir del año 2014 y especialmente en la devolución del Impuesto al Valor Agregado.
En ocasiones la autoridad ha requerido de la empresa contribuyente la presentación de ciertos requisitos que incluso ni siquiera están contemplados en los ordenamientos legales en materia fiscal.
La autoridad podía llegar a tardar hasta 1.5 años para realizar estas devoluciones y gracias a que hubo modificaciones al Código Fiscal se marcaron normativas que ahora exigen que la autoridad realice esta devolución de impuestos desde 90 hasta un máximo de 180 días tiempo en el cual la autoridad tendrá que hacer las verificaciones para determinar si obsequia a la empresa contribuyente la devolución que pretende.
Del primero de enero al 15 de agosto la PRODECON ha atendido 177 mil casos de contribuyentes inconforme de los cuales, puedo afirmarle 100 mil tienen como motivo fundamental en la solicitud de apoyo el caso de la devolución de impuestos.
DOS: CARTAS INVITACIÓN
Tanto el SAT como el IMSS y el INFONAVIT realizan muestreos entre empresas con respecto al cumplimiento de sus obligaciones y de ello, cuando se encuentren incumplimientos, realizan la emisión de «CARTAS INVITACIÓN» para que el contribuyente realice el trámite correcto o bien presente sus declaraciones o pagos en caso de haberlas omitido.
Para el caso del IMSS en ocasiones un comportamiento «rudo» procede a quitarles el registro patronal afectando de manera esencial no solo a la empresa sino fundamentalmente a los derechohabientes.
TRES: LA DETERMINACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES.
En gran parte el SAT ha conseguido incrementar la recaudación fiscal por las labores de fiscalización. Ha incrementado tanto las revisiones de gabinete como especialmente las vinculadas con la revisión electrónica pero en ocasiones finca créditos fiscales indebidos que exigen a las empresas una revisión a fondo de lo determinado por la autoridad.
La PRODECON tiene límites para representar al contribuyente. El servicio NO PUEDE EXCEDER las 30 UMA´s (Unidad de Medida y Actualización) lo que equivale hoy a 850 mil 702 pesos. Si el crédito fiscal excede esta cantidad el contribuyente tiene que contemplar la contratación de un servicio de asesoría privado o bien acudir al Instituto de Defensoría de Oficio del Poder Judicial de la Federación el que también tiene ciertas limitaciones para poder apoyar a los quejosos.
CUATRO: LA CANCELACIÓN DEL SELLO DIGITAL.
La cancelación del SELLO DIGITAL imposibilita a las empresas a emitir facturas y esto por supuesto les complica terriblemente la existencia. Antes la autoridad tenía mucha mayor discrecionalidad para tomar esta decisión pero ahora el Art. 17H del Código Fiscal determina los cuatro supuestos por los que se puede tomar esta decisión (omitir la presentación de las declaraciones a las que está obligado; tres consecutivas o seis no consecutivas. El no presentarse ante la autoridad o no haber sido localizado. El no presentarse en procesos de comprobación o bien haber infringido la ley correspondiente). El que la autoridad no esté de acuerdo en la cantidad que paga el contribuyente NO ES MÁS motivo de CANCELACIÓN DEL SELLO DIGITAL. Los protocolos aceptados por el SAT ante la PRODECON determina que, corregidos los supuestos que motivaron la cancelación la empresa puede rehabilitar su sello digital.
Según los datos de la PRODECON las inconformidades empresariales por la cancelación del sello ha incrementado desde 2016 un aproximado de 200%.
CINCO: EL EMBARGO DE DEPÓSITOS BANCARIOS.
La vía convencional para la defensa de una Pyme puede llevar entre tres y cuatro meses para la solución de este conflicto entre las partes. La PRODECON ha convenido ante las autoridades que en un plazo no mayor de una semana la empresa tenga en conocimiento las razones que motivaron el embargo de los depósitos bancarios.
Cabe la pena señalar que organismos internacionales como la ONU ha reconocido que México es el país en el que se han acreditado los mayores avances en la defensa de los contribuyentes algo que habla no solo favorablemente del trabajo de la PRODECON sino también de la actitud de las autoridades hacendarias.
Independientemente de lo anterior hoy esas son las 5 razones más comunes de roce entre las PYMES y la autoridad fiscal.
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