La Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia a favor de la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex), estableciendo que los paneles solares deben de reclasificarse en la fracción correspondiente a «células fotovoltaicas ensambladas en paneles solares», invalidando con ello el arancel del 15 por ciento a su importación.
La sentencia permitirá incrementar la instalación de paneles solares, con lo cual se da un paso más a favor del cuidado del medio ambiente y la seguridad energética del país. En los últimos dos años se han desarrollado 37 proyectos solares de gran escala y más de 60,000 viviendas ya cuentan con techos solares.
Como se recordará, en octubre de 2015, el SAT determinó que los paneles solares debían reclasificarse en la fracción arancelaria de «generadores eléctricos», lo que derivó en la imposición de un arancel del 15 por ciento a la importación de estos equipos en el país. La decisión del SAT provocó incertidumbre jurídica a los inversionistas de proyectos solares en México, por lo que Asolmex decidió presentar una demanda de nulidad en contra de la resolución del SAT ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Hoy, la Asolmex celebra la resolución del Tribunal, ya que se restituyen las condiciones de certidumbre jurídica al sector y garantiza la competitividad de la energía solar en México. Se estima que, de continuar el impulso al sector, de 2018 a 2024 se logrará la instalación de 18 GW, con un impacto de 315 mil millones en el PIB y una reducción de emisiones de 60 millones de toneladas de CO2.