Emitirá CEMEX notas senior por 1,000 mill. dls.

CEMEX informó que emitirá 1,000 millones de dólares en notas senior garantizadas con cupón de 7.375% con vencimiento en 2027 denominadas en dólares (las “Notas”). Las Notas devengarán intereses semestralmente a una tasa anual del 7.375% con vencimiento el 5 de junio de 2027.

Las Notas serán emitidas a un precio de 100.000% de su valor nominal y con opción a recomprarse a partir del 5 de junio de 2023. El cierre de la oferta se anticipa para el 5 de junio de 2020 y está sujeto al cumplimiento de condiciones de cierre habituales.

CEMEX pretende utilizar los recursos netos obtenidos de la emisión de Notas para propósitos generales corporativos, incluyendo el pago de deuda, todo de conformidad con el contrato de crédito de CEMEX con fecha de fecha 19 de julio de 2017 (según enmendado y/o reexpresado el 2 de abril de 2019, el 4 de noviembre de 2019 y el 22 de mayo de 2020, el “Contrato de Crédito”), firmado con varias instituciones financieras.

Las Notas compartirán la garantía otorgada a los acreedores del Contrato de Crédito y otros instrumentos de deuda senior que tienen los beneficios de dicha garantía, y estarán garantizadas por CEMEX Concretos, S.A. de C.V., New Sunward Holding B.V., CEMEX España, S.A., Cemex Asia B.V., CEMEX Corp., CEMEX Finance LLC, CEMEX Africa & Middle East Investments B.V., CEMEX France Gestion (S.A.S.), Cemex Research Group AG y CEMEX UK.

Este comunicado no constituye una oferta para adquirir ni una solicitud de oferta para vender o comprar cualquier título de CEMEX en alguna transacción. Las Notas y las garantías no han sido ni serán registradas conforme a lo dispuesto en la Ley de Valores de 1933 de Estados Unidos, según modificada (la “Ley de Valores”) o cualquier ley estatal de valores, asimismo no serán ofrecidas ni vendidas en los Estados Unidos de América, salvo que se registren o aplique alguna exención de los requisitos de registro de la Ley de Valores.

Las Notas se ofrecerán únicamente a compradores institucionales calificados de conformidad con la Regla 144A y fuera de los Estados Unidos de América bajo la Regulación-S, ambas promulgadas bajo la Ley de Valores.

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