La Comisión Estatal Electoral declaró infundadas cuatro denuncias del Partido Acción Nacional contra Diputados locales del Partido Revolucionario Institucional; y una del PAN contra el Alcalde de Escobedo, César Cavazos Caballero.
El órgano electoral expuso que fueron inconsistentes las diversas denuncias relacionadas con violación a las Constituciones Políticas de los Estados Unidos Mexicanos y del Estado; la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, la Ley Electoral del Estado por el uso ilegal del logotipo del PAN, así como la imparcialidad en el uso de recursos públicos, la colocación de propaganda en oficinas o edificios públicos, la propaganda denigrante, la difusión de propaganda personalizada y la presunta realización de actos anticipados de campaña.
Entre las razones para manifestar infundadas las quejas, estuvieron el que no se demostró que existiera presión o coacción que afectara la libertad individual y voluntaria de afiliación de los ciudadanos a un partido político; tampoco que hubiera violación a la difusión y/o uso del emblema del PAN en pancartas; no se justificó que se hayan utilizado recursos públicos para obtener algún beneficio; y no se demostró que ciertas pancartas se consideren propaganda electoral.
Respecto a la denuncia sobre la supuesta difusión de propaganda personalizada y de actos anticipados de campaña, se concluyó que los hechos expuestos no se vinculan con la elección estatal, sino con una diputación federal, por lo que la CEE se declara incompetente para resolver, y remitirá el expediente al Instituto Nacional Electoral Nuevo León, para que éste analice los hechos y determine lo que proceda.